miércoles, 20 de junio de 2012

Frente a la reforma en el acceso a la sanidad


Estimadas personas residentes en el Estado español y seres humanos en general:

La reciente aprobación del RD 16/2012 del 20 de abril de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad de sus prestaciones, no es un conjunto de medidas que afiancen y consoliden el sistema sanitario actual, sino un cambio profundo en el mismo. El sistema nacional de salud tal como lo conocemos ahora, es el resultado de una lucha histórica por el desarrollo de las políticas sociales en el estado español de más de un siglo de duración, que resumimos brevemente para contextualizar la actual reforma:

Antecedentes

El marco legal en materia sanitaria ha sido desarrollado formalmente por la legislación generada por los representantes políticos de cada momento desde principios del siglo XX. Once décadas de luchas sociales, profesionales sindicales y políticas hicieron posible lo siguiente:

-En 1904 se creó el Instituto Nacional de Previsión que por primera vez garantizaba el “ retiro obrero”, la asistencia a la maternidad, los accidentes laborales y nació el Seguro Obligatorio de Enfermedad ( primer sistema de cobertura sanitaria en España)

-En 1936 se crea el primer y breve Ministerio de Sanidad y Asistencia Social.

-En 1977 renace el Ministerio de Sanidad, que absorbe el Instituto Nacional de Previsión

-La Constitución de 1978 establece en el artículo 43 la Protección de la Salud como derecho fundamental. Nace el Instituto Nacional de la Salud (antiguo INSALUD)

-La Ley General de Sanidad de 1986 desarrolla este derecho, depositando en los poderes públicos la gestión del gasto sanitario para corregir desigualdades sanitarias, garantizar la igualdad de acceso a los servicios sanitarios en todo el territorio del estado español y extender la cobertura de dichos servicios a toda la población. Nace el Sistema Nacional de Salud (actual SNS que sustituye al INSALUD) con el reconocimiento de la Persona como sujeto de derecho.

-En 2003: La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud establece como objetivos la Equidad, Calidad y Participación Social para todos los “Españoles, Ciudadanos de UE y Extranjeros Residentes.”

-En el Tratado de Lisboa del 2007 (que ratifica el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea de 1957) la UE asume las competencias de apoyar y coordinar a los estados miembros en materia de protección y mejora de la Salud Humana.

-La Ley General de la Salud Publica de 2011, extiende la asistencia sanitaria pública a “todos los residentes en territorio nacional.”

Es decir , a lo largo de muchos años se ha legislado para hacer posible el acceso a los servicios sanitarios en condiciones de igualdad y la cobertura se ha universalizado sin restricciones, ya que se trataba de desarrollar un derecho fundamental.

En estos momentos, las personas depositarias de estas conquistas sociales asistimos al desmantelamiento de un plumazo, de toda la herencia recibida de generaciones pasadas que no solo nos desprotege, sino que además vende a generaciones futuras vaciando de contenido la lucha y el trabajo de quienes nos precedieron.

Por esto queremos compartir un breve análisis del Decreto Ley recién aprobado:

La motivación de la reforma es “la perdida de la eficacia en la gestión de los recursos disponibles” y el “insostenible déficit de las cuentas públicas sanitarias”. En este sentido hay que recordar algunos datos:

-El Gasto Publico Social español calculado como porcentaje del PIB, ha sido el más bajo de Europa desde mediados del siglo XX, el que menor crecimiento ha experimentado, y menor de lo que le correspondería por el nivel de desarrollo económico del país (Vicenç Navarro. 2006 “El subdesarrollo social en España”).

-Según los datos publicados por Eurostat en 2010, el gasto social en 2008 en España fue el 13.9% del PIB, frente al 18.2% de media en la UE o 22.4% en Dinamarca por citar un ejemplo.

-El gasto Sanitario total español fue 8.5% del PIB frente a un 10.1% de Alemania o un 11% Francia en 2007, según datos del Ministerio Sanidad de España publicados en 2010.

-El gasto en Salud Publica es un 2% del gasto público sanitario, por lo que en España tenemos las tasas más altas de Europa en tuberculosis, sífilis, legionelosis y accidentes laborales.

En contra de lo que sostienen los gobernantes, los datos demuestran que la sanidad actual en el Estado español no solo es sostenible, sino barata y de calidad. Con esta reforma, por el contrario, es previsible una merma en la calidad asistencial por varios motivos; el más importante es que se limitara un aspecto básico de cualquier sistema sanitario: la ACCESIBILIDAD. De nada vale lo mejor, si no está a nuestro alcance.

Por otra parte, en las disposiciones generales no se hace referencia a ningún estudio epidemiológico sobre el impacto que puedan tener estas medidas en la salud de las personas ni se aportan datos objetivos que las justifiquen.

Tampoco se ha hecho siquiera el intento de conocer la realidad sanitaria a través de los colegios profesionales, sociedades científicas, sindicatos del área sanitaria ni asociaciones de usuarios.

Esta ausencia de planificación se encuentra en las antípodas de todo el conocimiento científico disponible en la actualidad en materia de Gestión de Calidad, y resulta paradójico que uno de los argumentos para la reforma sea justamente garantizar dicha calidad.

Personas afectadas:

Con la aplicación de esta reforma, ya no existirá el derecho a la protección de la salud (y como consecuencia a la titularidad de una tarjeta sanitaria ) para las personas con nacionalidad del estado español, ciudadanos y ciudadanas de la UE, colectivo de extranjeros residentes en territorio del estado o seres humanos en general como hasta ahora.

Los que estén vinculados a l sistema de seguridad socia l, mediante aportación económica o “cotización” serán a partir de ahora:

1-Trabajadores y trabajadoras de alta en la seguridad social y sujetos beneficiarios.

2-Pensionistas de la seguridad social y sus beneficiarios.

3-Personas en paro con derecho a prestación por desempleo, y una vez agotada la prestación , inscritos en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE , antiguo INEM).

4- Personas con nacionalidad española, colectivo de Extranjeros con NIE o Ciudadanos de UE que acrediten no tener ingresos superiores a un límite todavía por establecer.

Como consecuencia quedan fuera de la cobertura sanitaria las personas no vinculadas a la seguridad socia l por ser “no cotizantes ” , es decir:

1-Mayores de 26 años, al dejar de ser beneficiarios de su familia.

2-Migrantes no registrados ni autorizados como residentes en España y migrantes con NIE que no hayan cotizado nunca.

3-Colectivo en paro, que agotado el subsidio de desempleo no figuren en el SEPE.

4-Ciudadanos de la UE o personas Extranjeras con NIE que tenga unos ingresos por encima de un límite todavía por establecer.

La única excepción serán los grupos correspondientes a menores residentes, atención a la maternidad y la asistencia urgente en cualquier circunstancia.

Consecuencias en el nivel de salud de la población:

Todo esto va a tener un impacto importante en la población, especialmente en la más vulnerable que son las personas económicamente más desfavorecidas y con patologías crónicas, que estarán en riesgo de discontinuidad de seguimientos y tratamientos, con previsible aumento de ingresos por descompensaciones. Los colectivos excluidos acudirán a los servicios de urgencias ya habitualmente saturados. La población con patologías infecciosas agudas transmisibles podrá tener mayor dificultad para acceder a un diagnostico, tratamiento y seguimiento adecuados con las consecuencias negativas para su salud, generándose una mayor brecha en las desigualdades
sociales.

En resumen:

-La protección a la salud deja de ser un derecho constitucional para pasar a ser una mercancía económica sujeta a transacción, abriéndose la puerta a los seguros privados. Se usa el argumento de la sostenibilidad de lo público para generar nuevas áreas de negocio y especulación.

-Entendemos esta reforma como una regresión a etapas preconstitucionales que nos vuelven a situar en el punto histórico vivido por generaciones anteriores, de lucha por los derechos básicos, siendo un salto atrás sin precedentes en materia de política social.

-Este colectivo considera necesario continuar esa lucha para las generaciones venideras y para todos nosotros. No podemos ni debemos asumir decisiones políticas de corte economicista, contrarias a los intereses legítimos de toda la población a la que la constitución otorga plena soberanía.

-Exigimos:
-La derogación inmediata de RD
-Desarrollo de políticas sanitarias que SI sienten las bases de la sostenibilidad y calidad de nuestro Sistema Nacional de Salud.

Porque el (ab)uso de la ley no da “per se” legitimidad, sino que debe legitimar lo que ya es justo, llamamos a la imaginación colectiva para encontrar alternativas que nos permita mantener lo que es nuestro por encima de una ley injusta y regresiva.

Porque nos concierne a todos y todas: INFÓRMATE, DIFUNDE, PARTICIPA.

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